Marcas Colectivas
Signos distintivos para asociaciones y colectivos
10 años
Renovable indefinidamente
Colectiva
Asociaciones y entidades
€154,04
Una clase (España)
Las marcas colectivas son signos distintivos que pueden ser utilizados por los miembros de una asociación, organización o entidad colectiva para distinguir sus productos o servicios en el mercado.
A diferencia de las marcas individuales, las marcas colectivas no pertenecen a una empresa específica, sino que son propiedad de una entidad colectivaque autoriza su uso a sus miembros bajo condiciones específicas establecidas en un reglamento de uso.
Titularidad colectiva
Propiedad de asociaciones, cooperativas o entidades
Uso autorizado
Solo miembros autorizados pueden utilizarla
Reglamento de uso
Condiciones específicas para su utilización
Control de calidad
Garantía de estándares comunes
Identificación sectorial
Distingue productos de un sector específico
Protección reforzada
Derechos exclusivos para el colectivo
Asociaciones Empresariales
- • Cámaras de Comercio
- • Asociaciones profesionales
- • Federaciones sectoriales
- • Gremios artesanales
- • Organizaciones patronales
Entidades Cooperativas
- • Cooperativas agrícolas
- • Cooperativas de consumo
- • Sociedades agrarias
- • Denominaciones de origen
- • Consejos reguladores
Preparación de Documentación
Elaboración del reglamento de uso y acreditación de la personalidad jurídica de la entidad solicitante.
Presentación de Solicitud
Depósito ante la OEPM con representación de la marca, productos/servicios y reglamento de uso.
Examen Formal
Verificación de requisitos formales y revisión del reglamento de uso (2-3 meses).
Examen de Fondo
Análisis de distintividad, disponibilidad y conformidad del reglamento con la legislación.
Publicación
Publicación en el BOPI para período de oposiciones (2 meses).
Concesión
Registro definitivo y publicación del reglamento de uso aprobado.
El reglamento de uso es un documento fundamental que debe acompañar la solicitud de marca colectiva y que establece las condiciones para su utilización.
Contenido Obligatorio del Reglamento
- • Identificación de la entidad titular
- • Finalidad de la marca colectiva
- • Condiciones de afiliación a la entidad
- • Condiciones de uso de la marca
- • Sanciones por uso indebido
- • Control de calidad y supervisión
- • Procedimiento de autorización
Sector Agroalimentario
- • "Jamón de Huelva"
- • "Queso Manchego"
- • "Aceite de Oliva Virgen Extra"
- • "Vinos de Rioja"
- • "Cava de Catalunya"
Otros Sectores
- • "Artesanía de Castilla-La Mancha"
- • "Cerámica de Talavera"
- • "Calzado de Menorca"
- • "Textil de Valencia"
- • "Mueble de Yecla"
| Concepto | Importe (€) |
|---|---|
| Solicitud (1 clase) | 154,04 |
| Clase adicional | 50,02 |
| Búsqueda de antecedentes | 16,83 |
| Publicación en BOPI | Incluida |
| Renovación (10 años) | 154,04 |
* Tasas oficiales OEPM. No incluyen honorarios profesionales ni gastos adicionales.
Fortalecimiento Sectorial
Permite a pequeñas empresas competir bajo una marca común reconocida, fortaleciendo la posición del sector en el mercado.
Garantía de Calidad
El reglamento de uso establece estándares de calidad que deben cumplir todos los miembros, generando confianza en el consumidor.
Economías de Escala
Permite compartir costes de marketing, promoción y desarrollo de marca entre todos los miembros del colectivo.
¿Su asociación necesita una marca colectiva?
Las marcas colectivas fortalecen la identidad sectorial y garantizan estándares de calidad comunes para todos los miembros.
